Promoción de exportaciones con exoneraciones tributarias
Con el objetivo de impulsar las exportaciones del Ecuador, el Congreso Nacional aprobó una ley exonerando del impuesto al valor agregado a los insumos que se utilicen en la producción de los bienes exportables. La intención de los legisladores es comprensible, ya que para poder exportar bananos, flores, manufacturas textiles se deben importar abonos y materiales agrícolas, cartón, etc., es razonable que éstos estén exonerados del impuesto a las ventas mejor conocido como I.V.A., más aún si de este impuesto están exonerados los productores de otros países vecinos competidores nuestros. Esa exoneración es beneficiosa para las exportaciones y además necesaria para ser competitivos.
Desafortunadamente, como en todos los casos de exoneraciones, a las intenciones de los legisladores, para aprovechar los beneficios ofrecidos, se quieren acoger sectores para los cuales la ley no fue considerada y cuya exclusión no quedó suficientemente clara. De ningún modo podemos pensar que entre los beneficiarios de la ley se consideró incluir a las grandes transnacionales extranjeras que extraen petróleo. Peor aún se puede pensar esto conociendo que esas empresas firmaron contratos con el Estado en fechas anteriores a la ley de marras en donde se contempla el pago de esos tributos.
Ahora bien, con el asesoramiento de sendos estudios jurídicos ecuatorianos, las transnacionales petroleras en el Ecuador han planteado juicios contra el Servicio de Rentas Internas para que se les devuelva el I.V.A. causado en los gastos incurridos para extraer y exportar petróleo, acogiéndose a los beneficios de la ley de promoción de exportaciones. Entendemos que empresas cuyo afán es el lucro intenten beneficiarse de cualquier prebenda aunque su legalidad no esté precisada. Es verdad que el oficio de sus abogados es tratar de que lo logren, pero deben hacerlo sin utilizar chantajes ni sobornos a ninguno de los poderes del estado ecuatoriano.
Lo que no es comprensible ni tolerable y, es más, dudo que ocurra, es que representantes diplomáticos de naciones de donde tienen su sede las empresas exportadoras de petróleo presionen con amenazas al Ecuador para que se les dé a esas empresas privilegios que ni siquiera reciben en sus propios países. Este tipo de compañías no están exoneradas del impuesto a las ventas ni en España ni en Canadá y, por cierto, tampoco en los Estados Unidos. Es posible que este argumento se lo esté utilizando malintencionadamente para influir al estado ecuatoriano para que favorezca a las empresas petroleras.
Para evitar estos malentendidos, el Congreso Nacional debería aclarar cuál es el ámbito de la ley de promoción de exportaciones que exonera del pago del I.V.A. para aumentar la competitividad de los productos ecuatorianos. Por cierto, debe también excluirse del privilegio de esa exoneración a las compañías nacionales o extranjeras que utilizan la figura de autoexportación a través de compañías fantasmas establecidas en los paraísos fiscales para subdeclarar el valor de las exportaciones y sus utilidades, evadiendo el pago del impuesto a la renta.
Dr. Benjamín Rosales Valenzuela
Publicado en: Diario EL COMERCIO